El presidente ejecutivo de la Federación Colombiana de Cooperativas de ahorro y crédito y financieras Fecolfin, Enrique Valderrama, indicó que cambiar las condiciones a las cooperativas para hacer ajustes en la propuesta tributaria no tiene sentido y asegura que el malestar por esos posibles cambios en las reglas de juego tienen en alerta a las diferentes firmas y gremios representativos del sector solidario.
Valderrama considera que el Proyecto de reforma tributaria no tiene en cuenta particularidades de las cooperativas y expresa que la Comisión de Expertos nunca entendió cuál era la naturaleza del sector.
Cabe precisar que desde 1931, con la primera normatividad, el sector cooperativo quedó exento del impuesto a la renta sin ninguna condición.
En el año 1986, luego de 55 años de argumentada resistencia y estériles intentos, por fin condicionan a las cooperativas. Es así como la Ley 75 en su Parágrafo cuarto del Artículo 32 somete a las entidades previstas en la legislación cooperativa “al impuesto sobre la renta y complementarios, si destinan sus excedentes en todo o en parte en forma diferente a lo que establece la legislación cooperativa vigente”. Eran destinados a educación para sus asociados.
Más condiciones con autonomía
En desarrollo a esa condena que tiene el sector por parte del estado de limitar su avance, 17 años más tarde, en 2003, la Ley 863, reglamentada por el Decreto 2880 del 2004, agrega en el numeral cuarto del Artículo 8, que las entidades determinadas en la legislación cooperativa que sean vigiladas por alguna superintendencia u organismos de control, estarán exentas del impuesto sobre la renta y complementarios, si el veinte por ciento (20%) del excedente, tomado en su totalidad del Fondo de Educación y Solidaridad de que trata el artículo 54 de la Ley 79 de 1988, se destina de manera autónoma por las propias cooperativas a financiar cupos y programas de educación formal en instituciones autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional.
Según reza la ley, el beneficio neto o excedente de estas entidades estará sujeto a impuesto cuando lo destinen en todo o en parte, en forma diferente a lo establecido en este artículo y en la legislación cooperativa vigente.
En opinión de Fecolfin, ahora las cooperativas direccionan esas inversiones para llenar el vacío del Estado en educación formal en establecimientos educativos. Desde entonces, hasta el 2015, las cooperativas han contribuido e invertido en educación formal, con ese 20% más de $800.000 millones de pesos. En becas condonables el sector aporta más de $283.000 millones y en subsidios a matriculas, más de $65.000 millones
Proyecto del gobierno
En la propuesta del ejecutivo está el modificar el 20% para educación formal para tributarlo en forma directa al estado, cuando las cooperativas lo estaban haciendo en forma eficiente y sin eventos que lamentar.
Como si fuera poco, introducen artículos nocivos para el sector. Uno, viola la naturaleza cooperativa. La transformación en empresas comerciales es un gran diferenciador con estas, es de la esencia, aclara Fecolfin.
El otro punto le da a las cooperativas un trato discriminatorio al exonerar del pago de los parafiscales a las empresas comerciales y se obliga a las cooperativas a cumplir con este pago es decir lo que les ahorra a unas privadas que posiblemente deberían cumplir lo compensa con el sector cooperativo en desmedro de la esencia solidaria, atacando de frente los intereses sociales de las personas que ven en las cooperativas y en el sistema como tal una opción y no un negocio que saca provecho sin pensar en la comunidad.
Por tal razón el sector solidario propone mantener la aplicación del 20% del excedente cooperativo para educación formal como estaba en el estatuto tributario, eliminar el artículo 163 del proyecto y la exoneración del pago de los aportes parafiscales, como a las demás entidades comerciales.
En resumidas cuentas las cooperativas solicitan del gobierno respetar la filosofía solidaria y permitir que este esquema siga aportando en el desarrollo y en la edificación de país porque resulta supremamente lamentable que el gobierno mire con desdén a las cooperativas a la hora de buscar socios para el desarrollo y para los programas sociales, pero si las ve y de manera sugestiva a la hora de sacarles la plata para subsanar un error que fue todo del gobierno porque el manual de hacienda dice que nadie debe poner los huevos en una misma canasta o concentrar la economía en un solo sector.
El hoy, dicen expertos y empresarios, es más que preocupante porque quieren salir de la banca rota fiscal a costillas de la quiebra de los demás que de manera encomiable y juiciosa hicieron la tarea y cumplieron con todos sus compromisos.
Es tan grande el desespero en Hacienda que ahora el gobierno ve a todos los sectores ricos y boyantes, lo que podría redundar en impuestos a la indigencia y el lenocinio porque ahí podría, según los expertos, estar perdiéndose una platica de IVA.
Confecoop presentó ajustes a proyecto de reforma tributaria
Para Confecoop, el proyecto de Reforma Tributaria reconoce expresamente la especial naturaleza de las cooperativas, tal como lo ha solicitado de tiempo atrás esta Confederación, al establecer que éstas pertenecen al Régimen Tributario Especial, al mantener la tarifa única especial del 20% sobre el beneficio neto o excedente, y al permitir que dicho excedente continúe calculándose de acuerdo con la ley y la normatividad cooperativa vigente.
Sin embargo, existen algunos aspectos en el texto del proyecto de ley que Confecoop consideró deben ser ajustados con el fin de preservar y fortalecer el modelo cooperativo, razón por lo cual esta Confederación presentó ante la Comisión Tercera de la Cámara de Representantes, a la Dian y el Ministerio de Hacienda una serie de observaciones encaminadas a dar claridad al texto propuesto, entre los cuales se destacan las siguientes:
En primer lugar es esencial que el proyecto de ley reconozca las diferencias conceptuales, económicas y jurídicas que existen entre las Cooperativas y las Asociaciones, Fundaciones y Corporaciones, pues, si bien, todas ellas son y seguirán siendo entidades sin ánimo de lucro, contempladas dentro del régimen tributario especial; sus propósitos, objetivos, naturaleza, tipo de propiedad, entre otros tópicos, son diferentes y, por tanto, deben tener un tratamiento jurídico tributario diferente.
La exposición de motivos del mencionado Proyecto de Reforma así lo establece, pero en la redacción del mismo debe precisarse tal diferencia, para evitar cualquier tipo de interpretación subjetiva que genere inseguridad jurídica para unas y otras de las entidades señaladas. En tal sentido se presentaron varias propuestas de ajuste en la redacción de los artículos 140, 141, 145, 153, 157 y 158 del proyecto radicado.
Confecoop insistió ante el Congreso de la República en mantener la aplicación del veinte (20%) por ciento del excedente anual a financiar los programas de educación formal, tal como lo han venido haciendo las cooperativas desde 2003, que ha permitido transferir, desde entonces y hasta la fecha, alrededor de $808 mil millones, recursos que han beneficiado a millones de niños, niñas y jóvenes de los sectores más vulnerables de la sociedad, tal como lo muestran las cifras consolidadas del Ministerio de Educación y del Icetex.
El impacto social y cultural de esta inversión en todo el país está ampliamente documentada por las cooperativas, auditada y certificada por el Estado y, particularmente, reconocida y apreciada por las comunidades beneficiadas con estos recursos.
Según Confecoop, se explicó la propuesta de exonerar a las cooperativas y demás empresas de la economía solidaria de la obligación de hacer aportes parafiscales con destino al SENA y al ICBF, y de pagar las cotizaciones al Régimen Contributivo de Salud, respecto de los trabajadores que devenguen, menos de diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Esta propuesta está encaminada a que se dé un tratamiento tributario equitativo a las empresas de la economía solidaria con las demás formas empresariales, las cuales gozan hoy de dicha exención, al tiempo que fortalecería la política pública impulsada por el Gobierno, de promoción, creación y formalización de puestos de trabajo en todos los sectores de la economía.
Se enfatizó el rechazo del cooperativismo a la propuesta contenida en el artículo 163 del proyecto de ley, que prevé que las cooperativas podrán convertirse en sociedades comerciales.
Confecoop sustentó ante el Gobierno y el Congreso de la República en la eliminación de dicho artículo del proyecto, pues además de desconocer la expresa prohibición contenida en el numeral 5º del artículo 6 de la Ley 79 de 1988, va en contra de la identidad cooperativa y pone en riesgo la propiedad colectiva y la estabilidad jurídica de las cooperativas.
El Gobierno ha expresado que, ante las consideraciones de carácter constitucional, legal, económicas y de conveniencia, comparte la solitud de las cooperativas para que dicha disposición sea retirada del proyecto en el informe de ponencia.
Finalmente se pidió incluir en el proyecto de ley algunos ajustes orientados a garantizar, por equidad, que las cooperativas que ejercen actividad financiera vigiladas por la Supersolidaria, puedan ofrecer servicios de cuentas de ahorro AFC, de estímulo a la construcción o de recaudo del impuesto ICA en los municipios, cuando corresponda.
Para Carlos Acero, presidente de Confecoop, se hace imperativo esas precisiones de redacción en la reforma tributaria de manera que permitan una única interpretación basada en la naturaleza jurídica, la normatividad que las rige y la lógica de operación de las cooperativas. Según lo expresó, el Congreso de la República ha sido muy receptivo con estas propuestas cooperativas y confía que la ponencia para primer debate que será radicada en las próximas horas las recoja integralmente.